sábado, 30 de abril de 2011

El Congreso se divierte



Los debates sobre el orden de los apellidos de los hijos en caso de desacuerdo entre los padres están centrando en los últimos días los trabajos parlamentarios en el Congreso de los Diputados, que parecen más preocupados por este vital asunto que por la extraña "epidemia" de paro que sufre España. ¡Animalicos!

En su proyecto de ley, el Gobierno socialista apostó por primar el orden alfabético a la hora de inscribir al hijo en caso de desacuerdo entre los padres, pues en aras de la igualdad prefirió acabar con el vigente sistema que da prioridad al apellido del padre. Pero la propuesta no cuenta con apoyos entre la oposición.

El PP ha optado por mantener la primacía del apellido del padre y suprimir el orden alfabético que quiere imponer el Gobierno. Alega que la normativa de 1999, diseñada precisamente por un Gobierno del PP, aporta un «equilibrio ideal» entre la autonomía de voluntad de la pareja y la tradición familiar española.

No obstante, en caso de que los grupos decidan no mantener el actual sistema de inscripción en el Registro Civil de los apellidos de los hijos, el PP propone modificar el proyecto del Gobierno para que prevalezcan aquellos apellidos menos frecuentes.

El PNV, por su parte, va más allá y especifica en su enmienda que, en caso de desacuerdo entre los progenitores en el orden de los apellidos de los hijos, prevalezca el que más riesgo corra de desaparición (especialmente si es vasco), para lo que el funcionario del Registro Civil deberá optar en primer lugar por el menos frecuente, según los datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Desde ERC-IU-ICV y Coalición Canaria se ha propuesto dejar al azar el orden de los apellidos de los hijos en el caso en el que exista desacuerdo entre los progenitores a la hora de inscribirlos en el Registro Civil.

En concreto, Izquierda Unida propone que el orden de los apellidos de los hijos, al inscribirlos en el Registro Civil, no siga el alfabeto automáticamente, sino que se introduzca algún elemento aleatorio para fomentar ese acuerdo. Su solución es que lo determine el funcionario utilizando un criterio de orden alfabético ascendente o descendente de manera alternativa.

Es más, se plantea en estos casos que el encargado del Registro priorice en una inscripción el apellido cuya letra inicial se sitúe antes en el alfabeto, y en la siguiente inscripción prime el apellido cuya letra inicial sea posterior.

Coalición Canaria aboga por el azar puro como la solución «más coherente» y da «libertad» al Gobierno para decidir en un reglamento un procedimiento «sencillo, fiable y con garantías» para determinar un orden aleatorio. «Bastaría, por ejemplo, con que el propio programa o 'software' informático utilizado para realizar la inscripción tuviera habilitada una funcionalidad dirigida a este propósito», argumenta.

Señoras y señores diputados y diputadas. Cesen ya sus preocupaciones, Gulliver les ofrece la solución definitiva a sus cuitas. Se trata de una nueva fórmula abierta, integradora, respetuosa con la igualdad de género, progresista, imaginativa y sencilla, sobre todo, sencilla:


Art. 1 - “Régimen de sociedad de patronímicos” también conocido como sociedad patronimical

Según este régimen, al contraer el matrimonio o unión de hecho o constantes los mismos, se pacta entre los cónyuges o miembros/as de pareja estable equivalente, para el supuesto de que devengan progenitores/as, una comunidad de apellidos formada por los denominados apellido A del progenitor/a A, apellido A del progenitor/a B, apellido B del progenitor/a A y apellido B del progenitor/a B, y por este orden, que se atribuirá a los hijos/as, según nazcan y que, en caso de disolución del matrimonio, se mantendrá integrada en el patrimonio patronimical de los hijos/as de los progenitores/as A y B.


Con carácter previo al pacto deberá determinarse mediante sorteo a qué cónyuge o miembro/a de pareja estable equivalente se atribuye en cada caso la condición de progenitor/a A y progenitor/a B. El sorteo se realizará ante notario/a.


Con carácter preliminar deberá pactarse qué tipo de sorteo se realiza. En caso de desacuerdo entre los cónyuges o miembros/as de pareja estable equivalente, se deberá designar un árbitro o árbitra para resolver el conflicto.

La designación se deberá realizar de común acuerdo y, a falta de éste deberá constituirse un Consejo de Conciliación (Co.Co.) del que formarán parte tres personas (una de las cuales deberá ser necesariamente LGTB) designadas de común acuerdo. El Consejo de Conciliación celebrará sus reuniones con apoyo psicológico y deberá adoptar una decisión en el plazo improrrogable de 6 meses.

La designación de árbitro/a se hará constar en acta de manifestaciones otorgada ante notario/a y deberá ser notificada a los cónyuges o miembros/as de pareja estable equivalente así como a el/la Juez/a de Primera Instancia del lugar de celebración del matrimonio o unión de hecho equivalente, y, en su defecto al del lugar de residencia habitual común, así como al Ministerio Fiscal.

En caso de desacuerdo, cabe impugnar la designación realizada ante el Tribunal de Patronímicos (Tri.Pa.) que deberá instruir un procedimiento contradictorio, que llevará implícita la declaración de urgencia en todos sus trámites, debiendo dictar sentencia en el plazo de 1 año.



Art. 2 – “Régimen de separación de patronímicos”

Según este régimen, al contraer el matrimonio o unión de hecho o constantes los mismos, se pacta entre los cónyuges o miembros/as de pareja estable equivalente, para el supuesto de que devengan progenitores/as, la separación de apellidos.

Con carácter previo, deberá determinarse por pacto, o en su defecto, mediante sorteo aleatorio qué cónyuge o miembro/a de pareja estable equivalente se atribuye en cada caso la condición de progenitor/a A y progenitor/a B, para lo cual será de aplicación el procedimiento sumario y contradictorio regulado en el artículo 1.


Una vez establecido este punto de partida, el régimen de separación de patronímicos admite una gran pluralidad de pactos:


- Los hijos varones reciben los apellidos del progenitor/a A y las mujeres los del progenitor/a B, y/o viceversa.

- Los hijos/as pares reciben los apellidos del progenitor/a A y los impares los del progenitor/a B, y/o viceversa.

- Los hijos/as rubios/as reciben los apellidos del progenitor/a A y los morenos los del progenitor/a B y/o viceversa.

- Los hijos/as que pesan más de 3 kilos al nacer reciben los apellidos del progenitor/a A y los que pesan menos los del progenitor/a B, y/o viceversa.

- Los hijos/as que nacen o son adoptados en meses impares reciben los apellidos del progenitor/a A y los que nacen en meses pares los del progenitor/a B, y/o viceversa.

- Los hijos/as que nacen o son adoptados los lunes, miércoles y/o viernes reciben los apellidos del progenitor/a A y/o los que nacen martes, jueves y/o sábado, los del progenitor/a B, y/o viceversa. Los que nacen el domingo (en domingo no hay adopciones), que se fastidien y/o se busquen la vida, por jorobar al ginecólogo/a que se ha quedado sin ir al fútbol y/o cine y/o teatro y/o golf y/o paddle…


En caso de disolución del matrimonio o unión de hecho, los hijos/as podrán optar por mantener los apellidos asignados y/o escoger los apellidos del otro progenitor/a.

domingo, 24 de abril de 2011

Pascua

Nadie como Bach para expresar con música el misterio y la alegría de la Resurrección de Cristo

martes, 19 de abril de 2011

No me mueve, mi Dios, para quererte


No me mueve, mi Dios, para quererte
el cielo que me tienes prometido,
ni me mueve el infierno tan temido
para dejar por eso de ofenderte.

Tú me mueves, Señor, muéveme el verte
clavado en una cruz y escarnecido,
muéveme ver tu cuerpo tan herido,
muévenme tus afrentas y tu muerte.

Muéveme, en fin, tu amor, y en tal manera,
que aunque no hubiera cielo, yo te amara,
y aunque no hubiera infierno, te temiera.

No me tienes que dar porque te quiera,
pues aunque lo que espero no esperara,
lo mismo que te quiero te quisiera

(Anónimo S. XVI)

Este soneto constituye, sin duda, una de las cumbres de la poesía mística española. Profunda meditación sobre el misterio de la Pasión de Cristo

domingo, 10 de abril de 2011

Eslóganes



"Ponle freno"

www.ponlefreddo.com







Un poco de Blanco es mucho






"No te quedes en Blanco"

Vota otra cosa



Brota con todas tus fuerzas, porfa

Ministerio de Economía. Gobierno de España




Ahora que avanzamos hacia atrás, por qué retroceder

Gobierno de España





"A nosotros nos da la risa"

Gobierno de España




Votar con los pies en polvorosa






"¿Sus pirais?"





"Con nosotros, España ghana"






Prestaciones de desempleo. Tus prestaciones y cada día las de más gente

Servicio Público de Empleo Estatal




domingo, 3 de abril de 2011

La belleza de la guitarra española

Gaspar Sanz, sacerdote y músico español del siglo XVII, publicó una obra capital de la guitarra barroca: "Instrucción de música sobre la guitarra española y métodos de sus primeros rudimentos hasta tañerla con destreza".

Esta obra no solo enseña teoría musical, sino que incluye una importante colección de danzas populares y cortesanas que han llegado a nosotros con la denominación de "Suite española". Su influencia ha sido enorme. Basta decir que la "Fantasía para un gentilhombre" del Maestro Rodrigo se compuso sobre temas de la Suite española.

No dejo de sentir una especial emoción cada vez que la escucho